SEGUROS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Según la Ley de Propiedad Horizontal, el edificio forma parte de tu vivienda, lo que te convierte en responsable en la parte alícuota de tu vivienda en el caso de que seas propietario, tanto si es un espacio residencial como si es orientado al negocio, de carácter mixto o garage.

Esto puede conllevarte un perjuicio si existe una mala aseguración del edificio, por lo que asegurarlo convenientemente te evitará problemas.

Cuenta con nosotros si necesitas tratar este tema en reunión de vecinos para garantizar que la comunidad de propietarios también está bien cubierta.

 

COBERTURAS

En cuestión de coberturas destacan la reclamación a propietarios por impago de gastos, dudas sobre inspección técnica, avería de maquinaria, control de plagas, atascos, jardines, instalación solar, defensa jurídica, ruina total por obras de terceros, daños eléctricos, filtraciones, etc…

 

DATOS DE INTERÉS

En España cuatro de cada diez propietarios se oponen a realizar derramas debido a su situación económica.

preguntas frecuentes

ME COMENTA EL PRESIDENTE QUE NO PUEDO NEGARME A QUE ENTREN EN MI PROPIEDAD

Así es. No puedes negarte en caso de que acceder a tu vivienda sea necesario para realizar una reparación.

SE HA GENERADO EN LA SALA DE MÁQUINAS UN INCENDIO Y HA AFECTADO AL EDIFICIO COLINDANTE Y EN LA REUNIÓN ME COMENTAN QUE DEBO PAGAR PARTE DE LA REPARACIÓN

Puede ser que no tuvieran seguro o el límite de este fuera insuficiente y efectivamente los daños que ocurran deben de ser resarcidos por los propietarios del edificio.

TENEMOS VARIOS MOROSOS EN EL EDIFICIO

Se puede contratar en la póliza pero para que haga efecto los casos de morosidad deben de ser posteriores a la contratación de esta.